Salvador Allende

Palabras en la firma de decreto sobre televisión universitaria


Pronunciado: El 8 de septiembre de 1972.
Versión digital: Eduardo Rivas, 2015.
Esta edición: Marxists Internet Archive, 4 de febrero de 2016.


Esta tarde tendré la satisfacción de firmar un Proyecto de Ley, destinado a establecer una Red Nacional de Televisión que sirva a todas las Universidades.

La legislación vigente universitaria, que contemplaba la Ley 17.337 sobre televisión nacional, del 24 de octubre de 1970; otorga la posibilidad de que tengan red nacional las Universidades de Chile, Católica de Chile y Universidad Católica de Valparaíso.

En realidad siempre se estimó que era legítimo que las otras universidades tuvieran también acceso a un canal nacional, y en lo que se ha llamado el Estatuto de Garantías Constitucionales, quedó claramente así establecido.

En una oportunidad en el Congreso, al discutirse una Ley que no tenía injerencia directa con la televisión, se hizo una indicación que consagraba siempre una discriminación, estableciendo una vez más, un derecho restringido para las universidades. Estas circunstancias, esa indicación, fue vetada por el Ejecutivo. A raíz de ello, en dos oportunidades invitó a los señores Rectores de las universidades, a fin de conversar, cambiar ideas y buscar un criterio común que permitiera solucionar, lo que para nosotros constituía una discriminación.

En realidad, prácticamente, estuvimos a punto de encontrar una solución unitaria. Sin embargo, no fue así, y una universidad estuvo en desacuerdo con el criterio de la mayoría de los señores Rectores; por ello no pudimos, a través de una declaración del Consejo de Rectores y del Gobierno, solucionar, sin necesidad de un Proyecto de Ley, una situación que estimábamos indispensable modificar.

Es por eso, que el Gobierno ha resuelto enviar el Proyecto de Ley ‐que tengo la esperanza sea aprobado por el Congreso que permitirá a todas las Universidades tener acceso a un canal de Televisión Nacional. En él, además se consagran definitivamente las atribuciones que tienen las Universidades en cuanto al actual radio en que están operando. Quiero dejar constancia que alguna de ellas amplió lo que primitivamente se le había autorizado y el Gobierno lo aceptó.

Tenemos la certeza que con este proyecto de Ley, se solucionará definitivamente una situación que nos interesa y nos inquieta. Nos inquieta el que se haya limitado la posibilidad de una extensión nacional a las Universidades que no tenían la posibilidad de hacerlo y que un número restringido hubieran sido autorizadas para ello. Además hay Universidades que ni siquiera tienen acceso a la Televisión de ellas, en un radio limitado.

Nos preocupa además, el hecho de que las Universidades, esencialmente y casi exclusivamente, están financiadas con fondos del Estado. Y las cifras, entregadas por les organismos técnicos, puede deducirse además, el elevadísimo costo que significaría el que cada Universidad pudiera expandirse para tener un Canal Nacional, dejando constancia que en países de un mayor desarrollo económico esto no ocurre, entre otras razones, por lo que estoy señalando.

El costo de cada una de esas redes Jurisdiccionales que sería de dos millones cuatrocientos mil dólares, y 75 millones de escudos, que obligaría como inversión, y obligaría a cada Universidad a tener equipos de mantención que erogarían un gasto de un millón novecientos mil dólares y 60 millones de escudos al año.

En realidad, no siendo este factor esencial, es también algo que debe preocuparnos ya que lamentablemente, el país no dispone de los recursos suficientes para poder invertir una parte y gastar la inversión, por otra, en red de Televisión, que tendría tan alto costo.

Finalmente, ha sido característica de este Gobierno en los hechos, evidenciar su gran preocupación porque puedan manifestarse todas las ideas, para que todas las corrientes tengan la posibilidad de difundir su pensamiento.

Es por ello que la Televisión Nacional se ha establecido de acuerdo con las disposiciones legales y a través de una reglamentación del propio Consejo Nacional de Televisión, estableciendo el derecho de las corrientes de opinión pública, y de los Partidos Políticos, a que utilicen, en relación a sus fuerzas expresadas en el número de parlamentarios que tienen, el canal Nacional de Televisión, en determinados números de minutos al mes.

La supervigilancia del cumplimiento de normas ahí establecidas, fue entregada a la apreciación de los señores que son Ministros de la Corte y que representan a ese poder del Estado, en el Consejo Nacional de Televisión.

Al desear que además del Canal Nacional de Televisión, cuyo Consejo está representando fuerzas que tienen mayoría ‐y quiero destacarlo‐ al propio Gobierno ‐digo‐ nosotros deseamos ampliar todavía la utilización del Canal Nacional de Televisión, a todos los partidos y dar acceso a él a todas las corrientes. Y confiado de que esto sea sobre la base de un alto nivel, que permita al Pueblo informarse sobre los principios, las doctrinas, que representan el pensamiento de determinadas colectividades, agreguemos ahora el anhelo y el deseo, de que despachada esta Ley podamos tener un canal Nacional de Televisión Universitaria, que tenemos la certeza y la seguridad que sobre un alto nivel cultural, permitirá que el Pueblo tenga acceso, no sólo al pensamiento filosófico doctrinario de ideas, sino que también el amplio y el vasto campo de la cultura universal.

Es para mí profundamente satisfactorio, firmar este Proyecto de Ley. Creo haber interpretado fielmente el pensamiento mayoritario de los señores Rectores, expresado en dos oportunidades en que ampliamente conversamos sobre esta materia.

Con ello, una vez más el Gobierno reafirma su decisión, su propósito de que el Pueblo tenga bases de información y relación cultural, de acuerdo con nuestra tradición y nuestros anhelos.

Nada más compañeros.