ACUERDOS DE CHAPULTEPEC

 

CAPITULO III

SISTEMA JUDICIAL

 

 

1. 

CONSEJO NACIONAL DE LA JUDICATURA

A. Las partes reafirman lo que ya han acordado en los Acuerdos de México en el sentido de que el Consejo Nacional de la Judicatura estará integrado de manera que se asegure su independencia de los Organos del Estado y de los partidos políticos, así como la integración al mismo, hasta donde sea posible, no sólo de jueces, sino también de los sectores de la sociedad que no estén directamente conectados con la administración de justicia. De conformidad con el Acuerdo de Nueva York, remiten la materia a COPAZ para la preparación del correspondiente anteproyecto legislativo.

B. Escuela de Capacitación Judicial

a. En cumplimiento de los Acuerdos de México, el anteproyecto mencionado en el párrafo precedente deberá incluir la regulación de la Escuela de Capacitación Judicial, que funcionará bajo la responsabilidad del Consejo Nacional de la Judicatura y cuyo objeto será el de asegurar el continúo mejoramiento de la formación profesional de los jueces y demás funcionarios judiciales, así como la de los integrantes de la Fiscalía General de la República; de investigar sobre la problemática judicial del país y promover soluciones para la misma; y de propiciar mayores vínculos de solidaridad entre ellos y coherencia en una visión de conjunto sobre la función judicial en el Estado democrático.

b. El régimen de dirección y la organización de la Escuela se establecerán de modo que se asegure su independencia académica y su apertura a las distintas corrientes de pensamiento jurídico.

 

2. 

PROCURADURIA NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS.

A. El Procurador Nacional para la Defensa de los Derechos Humanos será designado dentro de los noventa días siguientes a la entrada en vigencia de la Reforma Constitucional emanada de los Acuerdos de México.

B. Se encarga a COPAZ la preparación del anteproyecto de ley orgánica de la Procuraduría Nacional para la Defensa de los Derechos Humanos.

C. El anteproyecto establecerá medios apropiados para hacer efectivo el firme compromiso asumido por las Partes en el curso de las negociaciones de identificar y de erradicar cualesquiera grupos que practiquen violaciones sistemáticas de los derechos humanos, especialmente la detención arbitraria, los secuestros y el ajustamiento, así como otras formas de atentado contra la libertad, la integridad y la seguridad de la persona, lo que incluye el compromiso de identificar y, en su caso, suprimir y desmantelar toda cárcel o lugar de detención clandestinos. En todo caso, las Partes están de acuerdo en dar máxima prioridad a la investigación de casos de esta naturaleza, bajo la verificación ONUSAL.

 

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